El pasado 27 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el real decreto ley 23/2018 que, entre otros asuntos, reformaba la Ley de Marcas. Los cambios establecidos en esta revisión de la normativa entran en vigor hoy lunes 14 de enero, entre los que están la introducción del requisito de la prueba de uso en los procedimientos de oposición o la apertura de la vía administrativa a las caducidades o nulidades de marca. Aunque los expertos han aceptado la reforma de buena manera, dado que concilia la normativa española actual con la directiva europea 2015/2436 relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembro en materia de marcas, también reconocen algunas imperfecciones. Para Ignacio Temiño, socio director de Abril Abogados, uno de las figuras reprensibles pasa por el mecanismo usado para admitir la reforma. "Al haberse hecho por vía de real decreto, la reforma no ha pasado por el debate parlamentario deseado y no se han podido presentar prop...